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Fiscalidad en Países Bajos y 30% ruling

El sistema de tres cajas (boxen), la 30% ruling para trabajadores expatriados, cómo hacer la declaración de la renta y tus obligaciones fiscales con el país de origen.

Aviso importante

Esta sección es informativa. Para decisiones fiscales concretas consulta con un asesor fiscal (belastingadviseur) homologado. Los datos corresponden al ejercicio 2026.

El sistema fiscal holandés aplica igual a todos los residentes independientemente de la nacionalidad, con una excepción importante: la 30% ruling.

El sistema de tres cajas (boxen)

El IRPF holandés funciona con tres "cajas" separadas:

Box 1 — Trabajo (ingresos laborales):

• Tipo del 36,97% hasta 38.441€ — incluye impuesto + cotizaciones sociales

• Tipo del 49,5% por encima de 38.441€

Box 2 — Participaciones empresariales (≥5% de una empresa):

• 24,5% hasta 67.000€ de beneficio | 33% por encima

Box 3 — Ahorros e inversiones:

• Exención 2026: ~57.684€ por persona

• Por encima: se asume un rendimiento ficticio (~6,04% para inversiones, interés real para ahorro) y tributa al 36%

Los tipos de Box 1 ya incluyen las cotizaciones sociales (pensión, desempleo, salud). Tu empleador retiene estos importes mensualmente en nómina.

La 30% ruling — El gran beneficio fiscal para expatriados

La 30% ruling permite que el 30% del salario bruto sea libre de impuestos durante 5 años. Ahorro estimado: 8.000€-18.000€/año dependiendo del salario. Disponible para ciudadanos UE y extracomunitarios por igual.

Requisitos:

1. Ser empleado asalariado (no autónomo ZZP)

2. Haber sido contratado o trasladado desde el extranjero

3. Haber vivido a más de 150 km de la frontera holandesa durante al menos 16 de los 24 meses previos al primer día de trabajo

4. Salario taxable mínimo (después de aplicar el 30%):

• General: 48.013€/año (equivale a ~68.590€ brutos totales)

• Menores de 30 años con máster: 36.497€/año (equivale a ~52.139€ brutos)

Plazo fatal: debe solicitarse en los primeros 4 meses desde el primer día de trabajo. Lo solicita el empleador, no el trabajador — pídele que lo tramite desde el primer mes.

El porcentaje puede cambiar para quienes iniciaron la ruling en 2024 o después — consulta con tu empleador el porcentaje actualizado según tu año de inicio.

Declaración de la renta (aangifte)

Presentar la declaración puede generarte reembolsos por créditos fiscales no aplicados correctamente en nómina (algemene heffingskorting, arbeidskorting).

• Se presenta en Mijn Belastingdienst (belastingdienst.nl) con DigiD

• La Belastingdienst pre-rellena gran parte — revísala siempre antes de enviar

• Plazo habitual: 1 de marzo al 1 de mayo del año siguiente

• Si debes dinero, solicita liquidación provisional antes del 1 de julio para evitar intereses del 5%/año

Aunque no siempre hay obligación legal de declarar, casi siempre es recomendable hacerlo en los primeros años en NL.

Obligaciones con tu país de origen

Lo que determina dónde pagas impuestos es la residencia fiscal, no la ciudadanía. En general, dejas de ser residente fiscal de tu país de origen cuando no pasas más de 183 días al año allí, no tienes allí tu actividad económica principal, y tu familia no reside habitualmente allí.

Convenios de doble imposición con Países Bajos (estado 2026):

Con convenio en vigor: España, México, Argentina, Colombia (actualizado 2022), Panamá.

Sin convenio: Chile (en negociación), Perú, Ecuador, Cuba, Bolivia, Uruguay, Costa Rica, Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Rep. Dominicana, Paraguay.

Caso especial Venezuela: tenía convenio pero lo denunció en 2008. Actualmente no está en vigor.

Si tu país no tiene convenio, puedes estar sujeto a tributar en ambos países. Sin embargo, la mayoría de países ofrecen un crédito fiscal unilateral por impuestos pagados en el extranjero — esto reduce el riesgo en la práctica, aunque no hay garantía formal. Consulta con un asesor que conozca ambos sistemas.

Para españoles: presenta el modelo 030 en la Agencia Tributaria para interrumpir formalmente tu residencia fiscal española. Si eres expatriado de empresa española, consulta la exención 7P (hasta 60.100€/año exentos de IRPF español).

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